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TSJ ordena suspender cautelarmente los efectos de
 las sesiones de la AN realizadas en abril y mayo


Este sábado, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la suspensión cautelar de los efectos de la Asamblea Nacional (AN), realizadas en los meses de abril y mayo de 2016, según indica una nota de prensa difundida en la página web del máximo tribunal del país.

A continuación el texto íntegro difundido en el portal web del TSJ:

Con ocasión a la solicitud de nulidad, conjuntamente con acción de amparo cautelar, interpuesta por un grupo de diputados contra varias sesiones de la AN, ante la presunta violación de lo dispuesto en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, por parte de la Junta Directiva y de la Secretaría de la Asamblea Nacional, la Sala Constitucional suspendió de manera cautelar los efectos de las sesiones efectuadas los días 26 y 28 de abril, y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016, junto a los actos producidos en ellas.

Asimismo, la sentencia con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, ordenó requerir de manera cautelar a la Asamblea Nacional, a través de su Presidente, que remita la documentación donde evidencie el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas en el mencionado fallo N° 269 del 21 de abril de 2016, en lo relativo a la convocatoria de la sesiones antes señaladas y orden del día fijado para cada una de ellas, con la advertencia de que dicho mandamiento debe ser acatado de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Fuente/TSJ
Texto/CO