La Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inconstitucional la reforma
parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela, sancionado el pasado 3 de
marzo por la Asamblea Nacional (AN).
Mediante un comunicado
de prensa el máximo tribunal del paÃs informa el resultado de esta sentencia
tras analizar el proyecto de ley enviado el pasado 17 de marzo a la Sala
Constitucional por el presidente de la República, Nicolás Maduro, para evaluar
la constitucionalidad del texto presentada por el Parlamento.
Tras la evaluación, el
TSJ declaró "que la ley sancionada por la Asamblea Nacional contraviene lo
establecido en el cardinal octavo de la Disposición Transitoria Cuarta de la
Carta Magna, por cuanto la reforma pretende atribuirle al Parlamento Nacional
competencias para designar, ratificar y remover al Presidente y demás
directores del BCV, al margen de los preceptos constitucionales".
Asimismo, el Máximo
Tribunal estima que esta reforma de la Ley del BCV pretende frenar las
funciones del Presidente de la República otorgadas por el Decreto de Emergencia
Económica, declarada constitucional y vigente por el TSJ desde enero de este
año.
Agrega además que
pretende burlar las atribuciones del Ejecutivo Nacional en el contexto de una
emergencia económica válidamente decretada.
"La Máxima
Intérprete de la Constitución estableció que, con la pretendida reforma, la
Asamblea Nacional incurrió en desviación de poder, al perseguir fines distintos
de los constitucionalmente permitidos, por cuanto, se develó que el objetivo
buscado es tomar el control administrativo del Instituto Emisor, con lo cual se
atenta en contra de la autonomÃa del BCV y, en consecuencia, contra la
estabilidad de la economÃa nacional", expresa la sentencia.
AVN