Mediante
crédito adicional de Bs 5.000.000
La Corporación de Los Andes salda totalmente su deuda laboral
La Corporación de Los Andes salda totalmente su deuda laboral
*** Casi un centenar de trabajadoras y trabajadores activos cobraron los pasivos del viejo régimen.
La Corporación de Los Andes (Corpoandes)
saldó toda la deuda laboral que estaba pendiente con 92 funcionarios activos de
los estados andinos y Barinas, quienes recibieron el pago de sus prestaciones por
antigüedad e intereses, calculados de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica
del Trabajo reformada en 1997, asà como otras indemnizaciones correspondientes
al perÃodo entre los años 1997 y 2000.
El anuncio lo hizo el presidente de
Corpoandes, ingeniero Francisco Raúl GarcÃa Jarpa, quien además ejerce la
Coordinación de la Oficina Técnica Regional Occidente 2 (Mérida, Táchira y
Trujillo) del Consejo Federal de Gobierno, ente que junto al Fondo de
Compensación Interterritorial está bajo las directrices de la Vicepresidencia
Ejecutiva de la República.
El máximo
dirigente corpoandino manifestó que de esta manera la institución se pone
completamente al dÃa con el pago que, por derecho, correspondÃa a los
funcionarios activos quienes, en algunos casos, tenÃan entre 15 y 20 años esperando
por esta reivindicación que, en total, alcanza
cinco millones de bolÃvares (Bs 5.000.000).
Precisó que
de este monto algunos beneficiarios recibirán como mÃnimo Bs 3.000, pero
algunos obtendrán hasta Bs 100.000 y Bs
200.000, por lo que el promedio para cada beneficiario está en el orden de los 70 mil bolÃvares aproximadamente.
Al respecto destacó que esta cancelación es
producto de un trabajo que venÃa realizándose junto con la Oficina Nacional de
Presupuesto (Onapre) que vio sus frutos gracias al impulso que le dio la Vicepresidencia
Ejecutiva de la República al canalizar el crédito adicional destinado a cubrir
las insuficiencias presupuestarias de Corpoandes y otras corporaciones que
también pudieron solventar algunos déficits con este aporte.
La Ley Orgánica del Trabajo y sus incidencias
El jefe (E) de la Oficina de Administración
de Recursos Humanos de Corpoandes,
Douglas Montoya, precisó que, de acuerdo con el artÃculo 666 de la Ley Orgánica
del Trabajo (1997), las instituciones y empresas tenÃan un lapso de 5 años
(hasta 2002) para procesar ese pago pero, al no poderse cancelar, la deuda
generó la acumulación de intereses de mora en favor de los trabajadores,
calculados a partir de junio de 2002.
Explicó que este grupo de personas
corresponde a quienes ingresaron a la institución antes de 1997, por lo que a
ellas se les está pagando tomando como referencia el viejo régimen de
prestaciones sociales, indemnización de antigüedad e intereses, asà como parte
del nuevo régimen de prestaciones sociales.
En ese sentido aclaró que a partir de enero
de 2001 Corpoandes abrió una cuenta de fideicomiso donde se debÃan colocar los
montos de las prestaciones por concepto de antigüedad de cada trabajador pero, por insuficiencia
presupuestaria, desde junio de 1997 hasta diciembre del año 2000 no se pudo
depositar ese fideicomiso.
Agregó que entonces durante ese lapso se
fueron acumulando nominalmente las prestaciones por concepto de antigüedad y
sus intereses que no pudieron ser depositados en la cuenta del fideicomiso; ahora, tras recibir el reciente crédito
adicional, Corpoandes también está pagando los intereses del pasivo laboral del
perÃodo comprendido entre de junio 1997 y año 2000, pero calculados hasta el 30
de septiembre de 2012.
En particular, recordó que desde el 2001 la institución, usando excedentes
obtenidos a través de economÃas en los gastos presupuestados, ha estado
depositando sin inconvenientes el fideicomiso para los trabajadores que ingresaron
desde ese año hasta hoy y, por tanto, con ese grupo tampoco hay pasivos
laborales; “incluso el año pasado, por ejemplo, egresaron 10 funcionarios algunos
jubilados- y todos cobraron sus pasivos con las economÃas hechas por la
institución”, resaltó el jefe de Recursos Humanos.
Douglas Montoya, quien además es abogado
laboral, rememoró las tres reformas de la Ley Orgánica del Trabajo más
recientes, como la de junio de 1997 que modificó la del 1º de mayo 1991, donde
se establecÃan 30 dÃas por año en el régimen de prestaciones, pero cuando entró en vigencia la de 1997
–enfatizó se le reconocieron a los trabajadores esos 30 dÃas por año hasta 1997
más un bono compensatorio de transferencia que también significó 30 dÃas por
cada año de servicio “pero, en estos casos, la prestación por antigüedad se calculó
en base al salario del 19 de junio de 1997, mientras que el bono compensatorio de
transferencia se estimó en base al salario del 31 de diciembre de 1996”,
expuso.
Para concluir Montoya destacó que, además de
la pequeña reforma que se le hizo a la LOT en 2011 en beneficio de los
trabajadores residenciales, en mayo de 2012 se hizo la última reforma de la LOT
en la que se establece una mixtura o sistema hÃbrido entre ambos regÃmenes de
prestaciones sociales, por lo que el patrono ahora tiene que calcular los pagos
usando como referencia los parámetros previstos en cada uno de los dos sistemas
anteriores, pero debe tomar el que más
favorezca al trabajador, es decir el que signifique más dinero por concepto de
prestaciones.
Prensa Corpoandes